El Congreso del Estado de Chiapas aprobó una reforma histórica al Código Penal estatal, despenalizando el aborto hasta las 12.6 semanas de gestación. Esta decisión fue adoptada con 33 votos a favor, uno en contra y cuatro abstenciones.
Anteriormente, el artículo 181 del Código Penal de Chiapas permitía el aborto solo en casos específicos: violación, peligro para la salud de la madre o persona gestante, y malformaciones graves en el producto que implicaran trastornos físicos o mentales al nacer. Estos casos requerían dictámenes médicos obligatorios, y de no cumplir con estas condiciones, las mujeres que interrumpieran su embarazo o los médicos que las asistieran enfrentaban penas de uno a tres años de prisión.
La reforma complementa otra aprobada la semana pasada, que eliminó de la Constitución local el concepto de protección de la vida «desde la concepción». Con estas modificaciones, Chiapas se convierte en el estado 19 en México en despenalizar el aborto.
La vicepresidenta del Congreso del Estado, Elvira Catalina Aguiar Álvarez, destacó que esta reforma elimina la penalidad contra las mujeres por abortar, garantizando el derecho a decidir sobre su propio cuerpo y atendiendo las demandas de las mujeres para evitar abortos inseguros.
La reforma fue propuesta por diputados de varios partidos, incluyendo Morena, Partido Verde Ecologista de México, Partido del Trabajo, Redes Sociales Progresistas y Partido Revolucionario Institucional. A partir de esta reforma, se espera que el sector salud público y privado garantice atención adecuada a las mujeres que decidan interrumpir su embarazo.
El Congreso también mencionó la necesidad de reformar la Ley de Salud del Estado de Chiapas para asegurar que las unidades médicas públicas y privadas brinden atención médica de calidad a las mujeres que opten por la interrupción del embarazo.